Legislación Tributaria

Numero
Descripción
RES-2024-01-20-1
Incorporacion al Sistema de Instrumentos Legales Digitales.
2172/23
Régimen Simplificado Provincial. Nuevos valores del impuesto fijo mensual que deberán abonar los sujetos adheridos, a partir del periodo enero 2024.
2171/23
Se establece el calendario fiscal de vencimientos para el año 2024.
2170/23
Adhesión a la suspensión de términos y plazos administrativos dispuesta por Decreto Provincial 3143/2023, y en consecuencia los mismos no correrán para la Administración Tributaria Provincial desde el día 15 de diciembre de 2023, y hasta las veinticuatro (24) horas del día 31 de enero de 2024.
2169/23
Establece nuevos valores de la tarifa sustitutiva, a percibir de los productores de algodón, fibra de algodón, maíz, trigo, sorgo, soja y girasol, que realicen sus actividades rurales en la Provincia del Chaco según las Leyes Nacionales N° 26.377 y N° 27.541.-
2168/23
Se establecen nuevos valores de la Unidad Diferencial o Sobretasa que deben abonar quienes tengan que realizar trámites ante el Registro de la Propiedad Inmueble, según Decreto Provincial N° 2962/23.
2167/23
Se describen y reglamentan medidas especiales de alivio fiscal, a fin de fomentar el cumplimiento por parte de los contribuyentes y responsables de tributos provinciales, establecidas en la Ley Nº 3898-F, en sus Títulos II y III.
2166/23
Restablece el Régimen de Incentivos Fiscales de la Ley Nº 2266-F (grandes empresas). Actualiza el valor de los ingresos por ventas a considerar, para su categorización.
2165/23
Régimen excepcional de regularización de deudas, vencidas al 31 de julio del 2023. Moratoria - Ley 3898-F
2164/23
Vencimiento período 2023 Impuesto Inmobiliario Rural (Bonificación por pago contado hasta el 19/12/2023).

La versión Código Tributario Provincial Ley 83-F (antes DL 2444/62) y Ley Tarifaria Provincial (Antes Ley 2071) no es la definitiva, debido a que el Digesto jurídico se encuentra en período de observación según art. 20º de la Ley 2591 –A (antes Ley 7886) y su modificatoria Ley 2670 – A -- remitirse a INFOLEG - DIGESTO