Legislación Tributaria

Numero
Descripción
1661/10
Modifíquese el ítem Nº 14 de la Planilla Anexa a la Resolución General Nº 1552/08, por el siguiente: No cumplir con las disposiciones del art. 11º de la Ley Tarifaria Provincial y normas complementarias (obtener las guías correspondientes en origen de la carga):…… Pesos un mil. ($ 1.000)." .
1660/10
Establecer un régimen sancionatorio aplicable a los contribuyentes y responsables que cometan infracciones tipificadas en los artículos 31 bis, 32 y 33 del Código Tributario Provincial – Decreto Ley N° 2444/62, el cuál se ajustará a la presente resolución.
1656/10
Emisión de Guías “Traslado de la Producción Primaria“, vía WEB.
1622/09
Incorpórese como ítem Nº 16 de la Planilla Anexa a la Resolución General Nº 1552/08, el siguiente: “Falta de presentación de la Declaración Jurada Mensual determinativa, u otros medios que se habiliten al efecto, por parte de los contribuyentes, sean éstos personas físicas o Jurídicas, que actúen como Agentes de Retención y/o Percepción:……$ 750,00 (Pesos Setecientos Cincuenta).”
1593/09
La misma establece un régimen sancionatorio aplicable a los contribuyentes y responsables que cometan infracciones a los deberes formales fijando una escala de multas que se consigna en anexo a la resolución citada
1552/07
Escala de multas aplicables a los contribuyentes y demás responsables de los gravámenes que recauda esta Administración por infracciones a los deberes formales previstas por el Artículo 31 del Código Tributario Provincial, Decreto Ley Nº 2444/62 y sus modificatorias.
1551/08
Se incorporan reducciones de alícuotas establecidas en el artículo 16º de la Ley Tarifaria Provincial Nº 2071 (t.o.), en materia del Impuesto de Sellos.
1549/08
SIRCREB: cuentas con cotitulares
1486/03
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Régimen SIRCREB
1485/03
Ingresos Brutos. Contribuyentes Comunes. Régimen SIRCREB

La versión Código Tributario Provincial Ley 83-F (antes DL 2444/62) y Ley Tarifaria Provincial (Antes Ley 2071) no es la definitiva, debido a que el Digesto jurídico se encuentra en período de observación según art. 20º de la Ley 2591 –A (antes Ley 7886) y su modificatoria Ley 2670 – A -- remitirse a INFOLEG - DIGESTO